“El retraso en el cumplimiento de las órdenes de la sentencia sobre el Alto Andágueda tiene consecuencias nefastas en la vida de sus habitantes”: Lucía Morillo, abogada de Akubadaura

Lucía Morillo, abogada de Akubadaura. Foto: Archivo particular

La Federación Luterana Mundial- Programa Colombia habló con Lucía Morillo, abogada miembro de la Comunidad de Juristas Indígenas Akubadaura, al cumplirse hoy 23 de septiembre dos años de la expedición de la Sentencia 007 del Tribunal Superior de Antioquia, en la que se reconocen “las afectaciones y daños al territorio de la comunidad indígena del Resguardo del Alto Andágueda (Chocó), para la recuperación del ejercicio pleno de sus derechos territoriales vulnerados en el contexto del conflicto armado interno y los factores subyacentes y vinculados al mismo…”.

Las dos organizaciones trabajan como socias desde 2015 de un proyecto financiado por la Unión Europea,  con el objetivo de garantizar la restitución de los derechos territoriales de la comunidad indígena Embera Katío en esa zona del departamento del Chocó. En el marco de ese proyecto, tanto Akubadaura como la FLM buscan fortalecer las capacidades de las comunidades del Resguardo del Alto Andágueda para que incidan en el cumplimiento de las órdenes de la sentencia 007 de 2014 y puedan acceder a sus derechos.  

 

Se ha dicho insistentemente y en varios escenarios que la Sentencia 007 del Tribunal Superior de Antioquia es un hito ¿Por qué?

Porque es la primera que le restituye los derechos territoriales a una comunidad étnica, en este caso, indígena. Al ser la primera sentencia de este tipo, tanto la etnia Embera Katío como las organizaciones y profesionales que le apoyamos y venimos haciendo seguimiento al caso desde hace más de un año tenemos muchas expectativas sobre su cumplimiento. Esta sentencia contiene órdenes de gran relevancia para que las comunidades indígenas vuelvan a tener la paz y la tranquilidad que tenían antes de que el conflicto armado tuviera impactos negativos en su modo de vida y en las dinámicas en sus territorios.  

Han pasado dos años desde que se emitió la sentencia y tanto Akubadaura como otras organizaciones han llamado la atención sobre el incumplimiento de sus órdenes y han instado al Estado a tomar medidas ¿Qué es lo que, a juicio de su organización, no se ha cumplido?

Lo que hemos visto es que sólo  algunas órdenes se han ejecutado y que cuando se hace es sólo de manera parcial. Gracias a las acciones de incidencia y a la presión que hemos ejercido desde las organizaciones sociales que hemos sido veedoras de este proceso, el valor progresivo de la sentencia está en el alcance del enfoque diferencial étnico, aplicado por primera vez en un proceso de restitución de tierras con comunidades indígenas en el país. Esto pasa usualmente sólo en tutelas falladas por la Corte Constitucional.

Hay órdenes muy precisas, por ejemplo, la dirigida al Ministerio de Cultura para que informe sobre los daños y afectaciones ocurridas a las comunidades a nivel cultural. A simple vista pudiera parecer que esa orden se cumplió porque el Ministerio entregó un documento al Tribunal en el que se evidencian esos daños, pero no se ha hecho nada para repararlos, lo que quiere decir que continúa la afectación. En cabeza de ese mismo ministerio está el cumplimiento de otras ordenes, como la concertación con autoridades indígenas de planes de recuperación del tejido socio-cultural de la población retornada o la identificación de líneas de inversión, que se mantienen en un estado de total incumplimiento.  

También se han llevado a cabo otras acciones, como la implementación de algunos proyectos productivos, que las autoridades públicas las están haciendo pasar como si fueran en cumplimiento de las órdenes de la sentencia, pero no tienen relación con ellas. Se podrían nombrar muchos casos, lo cierto es que, como dije, el cumplimiento parcial de las órdenes no significa que se haya logrado restablecer los derechos de las comunidades afectadas.

¿Qué implicaciones tiene la demora en el cumplimiento de las órdenes de la sentencia?

El retraso de dos años en su cumplimiento es altamente perjudicial para las comunidades porque durante ese tiempo sus habitantes no han podido tener acceso a sus derechos, lo que es algo muy grave, sobre todo si se tiene en cuenta que estamos hablando de personas en una situación de  vulnerabilidad social y económica, que viven en medio del fuego cruzado.

Por ejemplo, hay muchos niños sin registro civil, así como jóvenes y adultos sin documento de identidad.  Esto dificulta el acceso de la población a los derechos reconocidos en la sentencia. Nos preocupan las condiciones en las que viven y nos inquieta cuánto más tendrán que soportarlas, porque el cumplimiento de las órdenes requiere mucho tiempo, esfuerzo y dedicación, que han faltado por años.

¿Qué tipo de presencia hace el Estado colombiano en el Alto Andágueda y que percepción tienen de él sus habitantes?

Lo que la gente conoce del Estado es su oferta asistencialista, pero no a nivel de infraestructura, salud, educación, etcétera. Por ejemplo, el Departamento para la Prosperidad Social (DPS) hace presencia en la zona y desde Akubadaura valoramos su esfuerzo, teniendo en cuenta las difíciles condiciones del terreno, pero consideramos que los programas implementados allí no son los más adecuados, ya que no tienen el enfoque étnico diferencial que deberían tener. Este es solo un ejemplo de lo que ha hecho el Estado en su conjunto: desconocer el enfoque étnico y las condiciones del territorio, a las autoridades indígenas, e implementar programas sin concertación. Todo esto ha contribuido a que hasta el momento no se estén cumpliendo las órdenes de la sentencia o a que se estén cumpliendo inadecuadamente. 

Aparte del abandono del Estado y de que las autoridades públicas no hayan mostrado celeridad ni efectividad en el cumplimiento de las órdenes de la sentencia ¿Qué otros factores considera que causan o agravan la situación en el Alto Andágueda?

En este territorio ha habido una presencia histórica de grupos armados que aparece, incluso, documentada en un libro titulado “El oro y la sangre”, aunque no tenemos noticia de que haya habido enfrentamientos recientemente. Un problema adicional es la extracción minera que se realiza sin tener en cuenta el respeto por el medio ambiente o las comunidades. El Alto Andágueda es una zona transfronteriza entre los departamentos de Risaralda, Antioquia y Chocó, con una enorme riqueza y ubicación geoestratégica.

En relación con la sentencia, ha habido algunos hechos preocupantes, por ejemplo, que el magistrado ponente Vicente Landínez salió abrupta y rápidamente del Tribunal Superior de Antioquia porque le solicitaron tramitar su pensión. Luego entró una nueva magistrada, Ángela María Peláez, en interinidad y por unos pocos meses. Desde Akubadaura le pedimos una cita para conversar con ella sobre el enfoque diferencial de la sentencia, pero al recibirnos anunció que ya salía del cargo y no podía hacer nada.

Recientemente fue nombrado un nuevo magistrado, el Sr. Puno Alirio Correal Beltrán, que según información de algunos medios de comunicación parece estar involucrado en casos de falsos reclamantes de tierras. Por causa de su reciente nombramiento, la audiencia de seguimiento de las órdenes de la sentencia se retrasó seis meses. A pesar de que se lo hemos solicitado, no se ha podido concretar una cita en su despacho y la audiencia de seguimiento de esta sentencia hito la va a realizar conjuntamente con otros casos de restitución de tierras.  

El proceso de paz tiene como uno de sus puntos clave la restitución de los derechos territoriales, ¿Cómo se relaciona esto con el caso del Alto Andágueda?

Entiendo que las medidas de restitución de tierras fueron tomadas por este Gobierno pensando en el período del postconflicto. Lo que pasa en el Alto Andágueda es un ejemplo de la incertidumbre que hay, pues, si no se han cumplido con las órdenes ahora, ¿qué va a pasar después de que se firme el acuerdo de paz? También hay que tener en cuenta que los grupos étnicos fueron los grandes ausentes de la Mesa de Conversaciones entre el Gobierno y las Farc, pese a que las comunidades indígenas y afrodescendientes  se han visto gravemente afectadas por el conflicto armado.  Adicionalmente,  el acuerdo no incluye el tema de la industria extractiva como financiadora de los actores armados ni sus impactos en los territorios étnicos.

La Federación Luterana Mundial, como organización internacional socia de Akubadaura y testigo de la grave situación humanitaria que enfrentan los habitantes del Alto Andágueda, ha instado a las autoridades a cumplir con las órdenes de la sentencia ¿Cuál es el llamado de su organización?

Nuestro llamado como organización de abogados indígenas es a que las instituciones del Estado lleguen y hagan una presencia adecuada en ese territorio. Uno no puede cumplir una orden desde Bogotá, ni desde Medellín o Quibdó. Si no entran al territorio y conocen las condiciones de vida de sus habitantes, no se va a dar cuenta de la urgencia con la que se deben cumplir las órdenes de la sentencia, que no es un favor del magistrado o del Tribunal a las comunidades, sino un derecho que ellas tienen, dada su situación de vulnerabilidad. Porque las personas que habitan el resguardo indígena del Alto Andágueda  no tienen para comer, tienen que recorrer 4 o 5 horas a pie con una persona al hombro para poder llevarla a un hospital en el casco urbano más cercano, carecen de recursos, en fin, su situación es muy precaria.  El Estado está llamado a responder de manera adecuada y oportuna a las necesidades de esta población, respetando su diferencia étnica.